ASESORÍA FISCAL EN VALENCIA

Certificado de retenciones e ingresos a cuenta (IRPF)

Qué es, quién tiene que dártelo y cómo conseguirlo si tu empresa no te lo entrega.

¿Qué incluye nuestro servicio de retenciones?

Revisión del certificado

Comprobamos que las retenciones reflejadas coinciden con lo que corresponde.

Gestión del modelo 190/111

Si eres pagador, nos encargamos de presentar ambos modelos en plazo.

Solicitud a Hacienda

Te ayudamos a conseguirlo si tu empresa no te lo entrega.

Uso en tu declaración

Lo incorporamos correctamente en tu IRPF, sin errores ni descuadres.

¿Cuándo necesitas el certificado de retenciones?

No es un documento que se pida todos los días, pero cuando hace falta, suele ser urgente. Situaciones habituales:

Cómo te ayudamos

01

Nos cuentas tu caso

¿Eres trabajador que necesita el certificado, o empresa que debe emitirlo?

02

Revisamos tus retenciones

Comprobamos que los datos son correctos y coinciden con lo declarado.

03

Gestionamos el trámite

Solicitud a Hacienda, presentación del modelo, o corrección si hay un error.

Lo que necesitas saber

Todo sobre este trámite

¿Qué es el certificado de retenciones?

El certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF es el documento en el que tu pagador (la empresa para la que trabajas, o quien te contrata como profesional) detalla las retribuciones que te ha abonado durante el año y las retenciones que te ha practicado a cuenta del IRPF.

Se basa en el modelo 190, la declaración informativa anual que la empresa presenta ante la Agencia Tributaria cada enero, resumiendo todas las retenciones practicadas a lo largo del año. Ese modelo 190 es, a su vez, el resumen de las autoliquidaciones trimestrales del modelo 111, que la empresa va ingresando trimestre a trimestre.

¿Quién tiene que entregarlo y cuándo?

La empresa o pagador está obligado por ley a entregar el certificado a cada trabajador o profesional al que ha retenido IRPF durante el año, con la información ya lista antes de que empiece la campaña de la declaración de la renta, para que puedas usarlo si lo necesitas.

Si no lo has recibido, puedes reclamarlo directamente a la empresa: es una obligación suya, no un favor.

¿Necesito el certificado para hacer la declaración de la renta?

En la práctica, no siempre hace falta tener el papel en la mano: como la empresa ya ha declarado esos datos a Hacienda mediante el modelo 190, la Agencia Tributaria los incorpora automáticamente al borrador de tu declaración. El certificado te sirve sobre todo para comprobar que esos datos son correctos antes de presentar, y como justificante formal cuando te lo pide un tercero (banco, administración, etc.).

Si tienes dudas sobre si tu borrador refleja bien tus retenciones, lo revisamos contigo — enlaza con nuestra gestión de la declaración de la renta.

Qué hacer si tu empresa no te lo entrega, o ya no trabajas allí

La empresa sigue obligada a dártelo aunque ya no trabajes allí. Si no responde, tienes una vía directa con Hacienda:

  • Puedes solicitar el certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF directamente en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado de Certificaciones, accediendo con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
  • Si prefieres no hacerlo tú mismo, en Fiscalis podemos solicitarlo en tu nombre.

Importante: este trámite se hace en la Agencia Tributaria (Hacienda), no en el SEPE — el SEPE emite un certificado distinto, el de prestaciones por desempleo, que no tiene relación con las retenciones de tu nómina o tus facturas.

¿Tienes dudas?

Preguntas frecuentes

Sí, es una obligación legal del pagador. No es opcional ni depende de que tú lo pidas primero, aunque en la práctica conviene reclamarlo si no lo recibes.

Sí. Hacienda ya tiene esos datos porque la empresa presenta el modelo 190, y aparecen precargados en el borrador de tu declaración. El certificado es útil para verificarlos, no imprescindible para presentar.

El modelo 111 es la autoliquidación trimestral con la que la empresa ingresa las retenciones practicadas. El modelo 190 es el resumen anual informativo de todas esas retenciones, y es la base del certificado que recibe cada trabajador.

Sí, la empresa sigue obligada a expedirlo aunque ya no trabajes allí. Si no responde, puedes solicitarlo directamente en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

No. El certificado de retenciones IRPF lo emite tu empresa o pagador y lo gestiona la Agencia Tributaria. El del SEPE es un documento distinto, relacionado con prestaciones por desempleo, y se solicita en el SEPE, no en Hacienda.

¿Necesitas tu certificado de retenciones o tienes dudas con uno?

Te ayudamos a conseguirlo, revisarlo o corregirlo, ya seas trabajador, autónomo o la empresa que debe emitirlo.

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